En el reinicio de clases de la educación básica que comprende preescolar, primaria y secundaria, el próximo jueves 9 de enero, con más confianza podrán acudir los menores a clases, ante la obligación que tienen autoridades capitalinas de cumplir con las reformas en materia de acoso escolar, aprobadas en diciembre pasado en el Congreso de la Ciudad de México.
Las nueve fracciones y asociaciones parlamentarias del Poder Legislativo local dispusieron incorporar en la Ley de Educación de la Ciudad de México la definición del concepto “acoso escolar”, emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a fin de establecer una base formal sobre la cual se desarrollen los mecanismos de atención y protocolos de actuación.
Con base a las encuestas realizadas entre menores de edad, se tiene conocimiento que la mitad de los estudiantes de entre 13 y 15 años declaró que fue víctima de violencia entre los compañeros en la escuela y sus alrededores, con el entendido que se manifiesta por el involucramiento directo en una confrontación física o por haber sufrido acoso escolar, por lo que se decidió actuar con modificaciones a la legislación.
Al aprobar el dictamen correspondiente el 17 de diciembre pasado que fue presentado por la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación del recinto de Donceles y Allende, de manera unánime los congresistas dispusieron adicionar la fracción I Bis al Artículo 2 de la Ley de Educación de la Ciudad de México.
Con ello, quedó estipulado que el acoso escolar deberá ser reconocido, atendido, erradicado y prevenido en términos de lo dispuesto en la Ley para la Promoción de la Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar de la Ciudad de México.
El promotor de la iniciativa, el vicecoordinador de la bancada del PRD, Pablo Trejo Pérez, fundamentó que, para miles de niñas y niños, la escuela puede representar un sitio peligroso, debido que, en lugar de promover el aprendizaje, la inclusión y las amistades, se caracteriza por la exclusión, el acoso o la agresión y la construcción de relaciones perniciosas.
Aseguró que los casos de acoso escolar en México siguen en aumento, con el entendido que 7 de cada 10 niños y adolescentes lo sufren.
“El crecimiento del fenómeno es explosivo en los últimos años, el país con mayor cantidad de casos en el mundo es México, con 180 mil graves de bullying y ciberbullying. Los otros dos son Estados Unidos, con 6 de cada 10, y China, 5.8 por cada 10.2”, delineó.
Destacó que, en la capital del país, según los reportes del Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México, los casos de acoso escolar crecieron 347 por ciento en el periodo enero-febrero de 2023, en comparación con el mismo lapso de 2022 a nivel nacional.
“El acoso escolar en nuestro país y en particular la Ciudad de México es una problemática en crecimiento y que durante muchas generaciones se trataba de un fenómeno al cual no se le daba mucha importancia, por ello, ni siquiera es posible datar con exactitud”, expuso.

El acoso escolar estaba normalizado
Resulta que se da lo anterior, porque históricamente, sin ser conceptualizado como una forma de violencia, se presentaba como un perverso mecanismo de la naturalización, presentándose tan cotidiano como inevitable, asociado a la normalidad de la vida en la escuela, o propio de las etapas de desarrollo en que se encontrara quien asiste a la escuela.
Sin embargo, en los últimos años esta modalidad de violencia infantil ha generado una visibilidad en la conversación pública y atención por parte de las diversas autoridades del Estado mexicano, así como, de los padres de familia. En este contexto, en el país contamos con una definición que emitió en 2015 la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver el amparo directo 35/2014,4 para la cual fue necesario que esta desarrollara una definición del fenómeno del acoso escolar.
Es así que, en la Ley de Educación de la Ciudad de México, en la fracción I Bis del artículo 2, se estipula que acoso escolar “se refiere a todo acto u omisión que, de manera sistemática, agreda física, psicoemocional, patrimonial o sexualmente a una niña, niño o adolescente, realizado bajo el cuidado de las instituciones escolares o en el entorno escolar”.
La presidenta de la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación del Congreso, la diputada de MC, Patricia Urriza Arellano, refrendó que el acoso escolar es un problema reiterado que puede incluir agresiones físicas, psicológicas, patrimoniales e incluso sexuales, que causan daños irreparables en la salud, autoestima y desempeño académico de las víctimas.
A su vez la presidenta de la Comisión de Atención al Desarrollo de la Niñez del Poder Legislativo local, congresista del PAN Laura Alejandra Álvarez Soto, ante el bullying que prevalece entre la comunidad estudiantil y ha sido complicado concientizar sobre la necesidad de combatirlo, consideró que incluir el término acoso escolar en la legislación, es un importante paso para proteger de agresiones a los estudiantes.
En entrevista destacó que las diversas fuerzas políticas representadas en el recinto de Donceles y Allende cerraron filas en torno al tema, ante la importancia de combatir la violencia entre los menores de edad.
Sin embargo, refirió que hay todo un trabajo pendiente por parte de los padres de familia, debido a que en los hogares se crían los hijos mientras que en las escuelas se les educa. Todos los sectores sociales, dijo, den estar involucrados para terminar con el acoso y, para combatirlo, se tiene que empezar desde la familia con la enseñanza de los valores y respeto al prójimo.
Hay 19 millones de niños de primaria y secundaria que sufren violencia dentro de sus escuelas
Dentro de la argumentación del dictamen de la iniciativa que se avaló, se expuso que con base al mapeo de la organización Bullying Sin Fronteras, en México hay casi 19 millones de niños de primaria y secundaria que sufren ataques al interior de sus escuelas.
El organismo sostiene el reporte de que 7 de cada 10 menores sufre todos los días de algún tipo de acoso escolar y que, durante 2022, en el consolidado regreso a las clases presenciales, los incidentes por bullying se dispararon cerca de 90 por ciento respecto de los años previos.
Asimismo, 3 de cada 10 adolescentes de entre 12 a 17 años fue víctima de bullying a través de canales digitales; el 68 por ciento de los niños, niñas y jóvenes que lo sufren o soportaron presentan cuadros importantes de depresión y otros problemas de salud mental.
Resulta que el suicidio es la tercera causa de muerte principal en menores de entre 10 y 24 años. En los últimos años, en los gobiernos, las organizaciones civiles, los padres de familia, los individuos afectados y el personal docente, ha adquirido relevancia y conciencia la prevención y el combate contra del acoso escolar.
Congresistas reconocieron que, en la Ley Para La Promoción de la Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar de la Ciudad de México, están presentes conceptos como violencia en el entorno escolar, maltrato escolar, discriminación entre la comunidad educativa, maltrato entre escolares e intimidación escolar, sin embargo, ninguno de estos es definido en la legislación como acoso escolar, de ahí la decisión de hacer la reforma.
La Secretaría de Educación Pública (SEP) del gobierno federal, en su portal de internet, define a este concepto como: “el acoso escolar es un comportamiento prolongado de abuso y maltrato que ejerce una alumna o un alumno, o bien un grupo de alumnas o alumnos sobre otro u otros, en las escuelas con el propósito de intimidar o controlar al alumno, mediante contacto físico o manipulación psicológica”.
A su vez, el Poder Judicial lo define como: “una forma de violencia entre compañeros en la que uno o varios alumnos molestan y agreden de manera constante y repetida a uno o varios compañeros, quienes no pueden defenderse de manera efectiva y generalmente están en una posición de desventaja o inferioridad”.
La SCJN al resolver el amparo directo 35/2014, realizó en su estudio de fondo del asunto, un análisis del fenómeno bullying y su complejidad, del cual, en primera instancia, aclara que es una palabra anglosajona que, según Dan Olweus, hace referencia al hostigamiento escolar y lo considera un subtipo de violencia que se manifiesta de forma repetida en contra del estudiante.
Pero, para términos de la mencionada sentencia, menciona el uso de forma indistinta de los términos bullying y acoso escolar. Por lo cual define este fenómeno como “todo acto u omisión que, de manera reiterada, agreda física, psicoemocional, patrimonial o sexualmente a una niña, niño o adolescente, realizado bajo el cuidado de las instituciones escolares”.
Incorporar el término de acoso escolar en el marco jurídico de la Ciudad de México representa el primer paso para luchar de forma efectiva contra éste.
La legisladora Urriza Arellano informó que, de acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en México, las principales expresiones de violencia escolar se dan de forma verbal, física y psicológica, pero no se limita a ello, pues se observa también violencia sexual, cibernética, patrimonial, económica y social.
Las personas representantes populares que conforman las nueve fracciones y asociaciones parlamentarias del Congreso estuvieron de acuerdo en incorporar en la Ley de Educación local el término de acoso escolar, ante el hecho de que, de acuerdo con la CNDH, en el país ocho de cada 10 niños han sido víctimas de violencia en las escuelas.
Pablo Trejo aclaró que “la escuela tal vez es la institución que más influye en la vida de las y los niños, siendo, después de la familia y el hogar, el cimiento sobre el que construyen su futuro. En los mejores casos, los planteles educativos constituyen un espacio seguro y estimulante para el proceso de enseñanza-aprendizaje, en el cual las niñas y niños adquieren los conocimientos y las habilidades necesarias para desarrollarse en la sociedad como adultos”.
Información La Prensa OEM